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Buzón Tributario SAT: Quiénes serán multados por no activarlo y quiénes están exentos

Te presentamos una guía detallada para que evitas las penalizaciones

Dan Fridman437 palabras

Desde hace ya mucho tiempo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) desarrolló una herramienta de comunicación llamada ‘Buzón Tributario’ que tiene como función ser el enlace entre la autoridad, es decir el mencionado SAT que forma parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para cualquier tipo de comunicado ya sea con las personas físicas o con las personas morales con un Registro Federal de Causantes (RFC) .

Sin embargo, al obtener el mencionado RFC no se habilita de inmediato el ya descrito Buzón Tributario, y es labor obligatoria y personal de cada usuario hacerlo por sus medios bajo el protocolo que más adelante describiremos en esta misma nota, y que de no hacerlo, dependiendo los casos, se puede ser acreedor a sanciones en forma de multas que rondan entre los $3,850 a $11,540 pesos mexicanos , mismas que no serán efectivas en este mismo año, ya que se ha decretado una prórroga para realizar el trámite y empezarán a correr a partir del 1 de enero de 2027 , dicho todo esto, existen excepciones para ciertos casos y en ciertas circunstancias en donde no se está obligado a habilitar este servicio y a continuación detallaremos cada uno de ellos:

Las personas físicas y morales que no están obligados a activar su Buzón Tributario

Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o con actividades de todo tipo suspendidas : Si bien fueron inscritas en algún momento, no están trabajando y no tienen ningún tipo de ingresos.

Personas morales con actividades suspendidas : Parecido al caso anterior, con la excepción que en este caso hablamos de agrupaciones o empresas.

Personas físicas con ingresos bajos : Se pone un estándar de menos de $400,000 pesos mexicanos en el ejercicio fiscal de 2025.

Personas físicas o morales con estado de RFC cancelado .

Excepciones de estas excepciones : cunando hay un trámite en proceso que requiera del buzón tributario, con un CFDI de ingresos o de nómina que haya sido emitido en el último año.

¿Cómo se activa el Buzón Tributario del SAT?

Dentro del portal del SAT entra al Buzón Tributario con tu RFC y contraseña o con tu e.firma que te fue otorgada al registrarte en el SAT.

El sistema te pedirá medios de contacto, correo electrónico (puedes registrar hasta 5) y un número de teléfono , verifica que los dato sean correctos y dale a continuar.

Valida ambos medios de contacto, el correo mediante una liga que te será enviada y el teléfono celular con un código que llegará por SMS y que deberás ingresar al volver a iniciar sesión en el Buzón Tributario.

Buzón Tributario SAT. Instagram @satmx
SATbuzónquiénesserán

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