Los funcionarios pueden pedir una excedencia de tres años para cuidar a un familiar sin perder antigüedad ni derechos laborales
El Estatuto Básico del Empleado Público permite solicitar una excedencia con reserva del puesto durante al menos dos años y sin cobrar el sueldo.

L os funcionarios de carrera pueden solicitar una excedencia de hasta tres años para cuidar a un familiar que necesite asistencia sin perder el cómputo de los trienios ni determinados derechos relacionados con su carrera profesional y la Seguridad Social. Esta posibilidad está recogida en el artículo 89.4 del Estatuto Básico del Empleado Público y se aplica a los empleados de las administraciones estatal, autonómica y local que cumplan las condiciones establecidas.
La medida está pensada para quienes deban atender a un familiar que se encuentre a su cargo y que, por motivos de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no pueda valerse por sí mismo. Además, la persona cuidada no debe desempeñar una actividad retribuida. El parentesco puede alcanzar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, por lo que incluye, entre otros, a padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos , así como determinados familiares políticos.
El puesto de trabajo se reservará, al menos, durante dos años
Uno de los aspectos más relevantes de esta excedencia es que el tiempo dedicado al cuidado familiar sigue computando a efectos de trienios , carrera profesional y derechos del régimen de Seguridad Social que corresponda al funcionario. De esta forma, el trabajador público puede interrumpir temporalmente su actividad para atender a un ser querido sin perder ese reconocimiento profesional.
La normativa también establece que el puesto de trabajo desempeñado se reservará durante, al menos, los dos primeros años . Una vez superado ese periodo, la reserva pasa a ser la de un puesto en la misma localidad y con idéntica retribución . Durante la excedencia, además, el funcionario conserva la posibilidad de participar en los cursos de formación que convoque su Administración.Uno de los aspectos más relevantes de esta excedencia es que el tiempo dedicado al cuidado familiar sigue computando a efectos de trienios, carrera profesional y derechos del régimen de Seguridad Social que corresponda al funcionario. De esta forma, el trabajador público puede interrumpir temporalmente su actividad para atender a un ser querido sin perder ese reconocimiento profesional.
La normativa también establece que el puesto de trabajo desempeñado se reservará durante, al menos, los dos primeros años . Una vez superado ese periodo, la reserva pasa a ser la de un puesto en la misma localidad y con idéntica retribución. Durante la excedencia, además, el funcionario conserva la posibilidad de participar en los cursos de formación que convoque su Administración.
Sin embargo , acogerse a esta medida implica dejar de percibir el salario durante el periodo de ausencia . También existen límites cuando dos funcionarios solicitan simultáneamente la excedencia para cuidar de la misma persona, ya que la Administración puede restringir su disfrute por motivos justificados relacionados con el funcionamiento de los servicios.
El periodo máximo de tres años se establece para cada persona que origine el derecho . Si comienza una nueva excedencia para cuidar de otro familiar, la anterior finaliza . Por ello, antes de solicitarla, conviene consultar las condiciones aplicables en cada Administración y comprobar los efectos concretos sobre el régimen de Seguridad Social correspondiente.







