Hacienda da una buena noticia a 'streamers' y creadores de contenido: las propinas y donativos quedan exentos de IVA
Sólo se cumplirá esta medida si la aportación es voluntaria

Los ingresos de los streamers no dependen de las donaciones y propinas de sus seguidores por medio de las plataformas donde se conectan en directo, pero sí suponen una parte de sus ingresos. La Agencia Tributaria ha confirmado que estos donativos están exentos de IVA , pero sólo si la aportación es voluntaria, sin cuantía fija y no hay pacto de contrapartida.
La clave ha sido aportada por una consulta vinculante con la Dirección General de Tributos . Este organismo defiende que para que un servicio esté sujeto a IVA, debe realizarse a título oneroso. O lo que es lo mismo, una persona recibe algo, pero a cambio tiene que dar dinero, prestar un servicio o entregar otra cosa.
Para estar exento de IVA no debe haber una cuantía fija y tampoco debe existir acuerdo de contrapartida
En este caso no se cumple esta variable, ya que son propinas de los seguidores a sus streamers favoritos. Tampoco influye que la mayoría de plataformas tengan una comisión del 5% por gestionar estos donativos. Ahora bien, no es este el único requisito que se debe cumplir. También debe haber una ausencia de cuantía fija.
Por ejemplo, si un creador de contenido establece que para acceder a un contenido hay que pagar 10 €, existe una cuantía fijada. El caso contrario sería que un espectador decide voluntariamente darle 2, 5 o 10 euros. En este caso, hay ausencia de cuantía fija. Aquí cabe prestar atención a un matiz importante: que no haya una cuantía fija no significa automáticamente que algo esté exento de IVA, para ello se deben cumplir el resto de requisitos.
Por último, tampoco debe haber un pacto de contrapartida , que significa que no existe un acuerdo previo por el que la persona que recibe el dinero se comprometa a dar algo a cambio, sino que se trata de una aportación voluntaria por la que se puede no recibir nada específico.







