Ir al contenido
jomperrAgregador de noticias
← Tiramillas · Economia

Los inquilinos no siempre podrán renovar automáticamente el contrato de alquiler dos años: estos son los requisitos para que el propietario 'recupere' su vivienda

El nuevo Real-Decreto ley recuerda que hay excepciones para que el arrendador

Ramón Garcia Parrilla325 palabras

Ya es un hecho. El nuevo Real-Decreto ley sobre la vivienda está publicado en el BOE. Una de las medidas más celebradas por los inquilinos es la de la prórroga extraordinaria para todos los contratos de alquiler que finalizan antes del 31 de diciembre de 2028.

Si sale adelante esta medida, el arrendatario tiene derecho a solicitar una extensión de su contrato, máximo de dos años, manteniendo las mismas condiciones acordadas previamente con su casero. Ahora bien, se debe comunicar la voluntad de hacerlo efectivo y hay que certificar que se encuentra al corriente de pago de las últimas 12 mensualidades.

Esto quiere decir que, si se cumplen estas condiciones, el casero no podrá volver a firmar un nuevo contrato de alquiler hasta dentro de dos años. De todos modos, los inquilinos no siempre podrán renovar automáticamente el contrato de alquiler. Hay excepciones , con el objetivo de equilibrar la ley para los propietarios de las viviendas.

Las excepciones por las que no se podrá renovar el contrato de alquiler automáticamente dos años

Así lo deja claro el Real-Decreto ley publicado en el BOE en la página 127841. “Durante la prórroga se mantienen los términos del contrato. Se prevén excepciones por acuerdo de las partes, nuevo contrato o necesidad real y acreditada de ocupación por el arrendador o sus familiares en las condiciones señaladas”.

En el segundo párrafo de esta medida destaca que “la prórroga del artículo 10.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos es preferente e incompatible con esta medida. Tampoco procede cuando se acuerde la renovación o un nuevo contrato con renta inferior en al menos un 5 % a la vigente”.

Aunque puede sonar contradictorio, lo explicamos de una forma sencilla: si se aplica esta prórroga extraordinaria, el contrato continúa en las mismas condiciones, salvo las excepciones previstas. Pero si entra en juego la prórroga del artículo 10.3 de la LAU, esa tiene preferencia y esta medida extraordinaria no se puede aplicar.

TiramillaseconomíaViviendapodránautomáticamente

Ver fuente original de la noticiaContenido patrocinado

Más de Tiramillas · Economia

Secciones