La Ley de la Propiedad Horizontal lo confirma: si la puerta del garaje se cierra y daña tu coche, ¿lo pagas tú o la comunidad de vecinos?
El artículo 10.1 de la norma responde a esta cuestión

Hay incidentes en las comunidades de vecinos que pueden provocar dudas sobre quién se hace cargo de solucionarlos. Un ejemplo de ello es si la puerta del garaje se cierra y daña tu coche. Pues bien, de acuerdo con el artículo 10.1 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) , la comunidad de vecinos es la que tiene la obligación legal de mantener las instalaciones comunes en correcto estado de conservación y seguridad.
“Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios , impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones”, comienza diciendo dicho apartado.
La comunidad de vecinos debe realizar las obras necesarias para el “adecuado mantenimiento”
Según el artículo 10.1, el comunicado debe llevar a cabo “los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes , incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación”.
Además también realizará “las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar las condiciones de accesibilidad universal, y en todo caso, los ajustes razonables, así como aquellas que sean requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, con el objeto de asegurarles un uso adecuado a sus necesidades de los elementos comunes, así como la instalación de rampas, ascensores u otros dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan la orientación o su comunicación con el exterior , siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes”.
En el supuesto de que la comunidad de propietarios solicite financiación para la realización de las obras y actuaciones de accesibilidad el periodo temporal de repercusión será de tantos años como las opciones de financiación disponible permitan .
De esta manera, la puerta del garaje es un ejemplo de elemento que la comunidad debe tener supervisado y en perfectas condiciones. Si golpea el coche de un vecino puede deber a sensores rotos, temporizador desconfigurado o falta de mantenimiento.



