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María Cristina Buendía, notaria, explica las consecuencias legales de prestar dinero a los hijos: "Hacienda lo puede interpretar como ganancia patrimonial injustificada"

La profesional en la materia desvela que podría afectar en la renta del descendiente

Fernando Hernández Fernández321 palabras

Q ue un padre preste dinero a sus hijos puede parecer un hábito común y normal. Sin embargo, detrás de ese simple gesto podría haber una serie de “consecuencias legales” en los que Hacienda los podría interpretar como una “ganancia patrimonial injustificada”. De todo ello, se hizo eco María Cristina Buendía, notaria y creadora de contenido.

María Cristina Buendía acaba con una de las costumbres más repetidas en la historia: “Consecuencias brutales”

Así comenzó explicándolo Buendía: “No hagas caso a quienes te dicen que lo documentes como un préstamo sin devengo de interés porque no paga interés. Ese era el recurso hasta ahora. El Tribunal Supremo ha estrechado el cerco de forma extraordinaria sobre esos préstamos, supuestos préstamos entre particulares”.

La profesional en la materia sostiene que este mecanismo era muy “común” para eludir el pago del mencionado impuesto a la cantidad que fuera a devolver a diez años. “Hacienda cuando concluye ese plazo de devolución te exige que acredites que lo has devuelto”, siguió añadiendo.

Es aquí donde el TS centra su atención, ya que no se puede usar un contrato de préstamo de este tipo como “paraguas” de supuestas transmisiones de dinero o ingresos en efectivo que no estén justificados: “El riesgo de eso es que Hacienda ya ni siquiera te lo tome como donación encubierta, el riesgo es que lo considera una ganancia patrimonial injustificada”, apostilló María Cristina Buendía.

Esta ganancia patrimonial injustificada tendrá unas “consecuencias brutales” en la renta para el hijo, según reveló: “Se va a incluir después esa cantidad en la base general del IRPF. Entonces puede llegarte un tipo del 50% y a tener sanción tributaria entre el 50 y el 150% de la cuota que resulte más los intereses de demora”.

“Para entendernos la torta a un pan , si vuestra voluntad es entregar dinero y no queréis que el hijo lo devuelva porque es un regalo, eso se llama donación ”, sentenció.

Imagen de recurso de varias monedas y una hucha. Pixabay
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