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La Seguridad Social desvela cómo poder acceder a la jubilación anticipada si has hecho el servicio militar obligatorio: no aumentará la pensión

En el caso de la ordinaria, está descartado

Fernando Hernández Fernández315 palabras

E l asunto de la jubilación es uno de los que más miradas acapara en España. Pues bien, la Seguridad Social dará un año de cotización a los trabajadores que realizaron el servicio militar obligatorio, a lo que se conoce como la ‘mili’ y que quieren jubilarse de manera anticipada , pero eso sí, este periodo no sirve para aumentar la cuantía de la pensión.

¿Por qué dará la Seguridad Social un año a los trabajadores que hicieron la mili y quieren jubilarse de manera anticipada?

Los artículos 207 y 208 de la Ley General de la Seguridad Social hacen referencia a las cotizaciones obligatorias que los empleados tienen que cumplir para jubilarse anticipadamente de manera voluntaria . Para ello, tendrá que haber cotizado 35 años, mientras que la jubilación anticipada involuntaria es de 33 años, algo que es imprescindible y, si no se cumple, habrá que esperar a la jubilación ordinaria.

No obstante, las personas que hicieron el servicio militar obligatorio tienen una ‘ventaja’ a la hora de acceder a la jubilación anticipada para compensar el tiempo que no estuvieron en el apartado laboral mientras hicieron la ‘mili’.

Solo se computará el periodo de prestación de este servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria o del servicio social femenino obligatorio, con el límite máximo del año, según detalla la Seguridad Social en su página web.

Asimismo, este año de cotización se dará a la jubilación anticipada voluntaria como en la involuntaria , por lo que los empleados podrán acogerse a ellas con 34 y 32 años cotizados, respectivamente.

Eso sí, este año no hará que aumente la cuantía de la pensión y no se calculará el porcentaje de la base reguladora al que tiene derecho el trabajador como su pensión de jubilación. Cabe recalcar que esto solo se podrá aplicar en los casos de jubilación anticipada, mientras que, en la ordinaria, no.

Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. EFE
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