La Administración localiza a 70.000 afectados por la suspensión cautelar de su derecho a voto por la ley de nietos
Este martes, 13 de octubre, el alto tribunal ratificó la sentencia del Tribunal Supremo

L a Administración ha identificado a más de 70.000 personas nacionalizadas por la ley de nietos que tendrán que ser excluidas del censo electoral de cara a las elecciones generales del próximo 29N. Desde la Abogacía del Estado están trabajando en las últimas semanas para cumplir con la medida cautelar que dictaminó el Tribunal Supremo y que ha ratificado este martes, 13 de octubre, por el alto tribunal. De todo ello, informó la Cadena SER.
Así identificó la Administración a las 70.000 personas nacionalizadas por la ley de nietos
Los servicios jurídicos del Ejecutivo informaron a los magistrados que el Registrado comenzó a funcionar en las oficinas consulares en septiembre de 2024. Esta herramienta ha permitido identificar a más de 70.000 afectados por esta situación del TS hacia la ley de nietos que les suspende cautelarmente su derecho a voto.
Sin embargo, el principal problema está en las 90.000 personas que obtuvieron la nacionalidad española con anterioridad a esta fecha . Según fuentes próximas a los magistrados consultadas por la citada emisora, creen que es “imposible" identificarlas dentro del plazo establecido , ya que para ello será necesario revisar manualmente los expedientes de los consulados.
La Administración asegura que utilizará todos los medios a su alcance para cumplir con la resolución del TS, aunque la elevada cantidad de expedientes en otros países como Argentina y Cuba dificulta esta tarea.
Por otro lado, la resolución del Tribunal Supremo que ratifica la cautelar ha provocado malestar en la Abogacía del Estado . Sostienen que fueron llamados a esta causa en el mes de septiembre, sin tiempo necesario para preparar la vista.
Además, defienden que fueron ellos quienes pusieron sobre la mesa una estimación del número real de afectados , frente a las 400.000 personas señaladas inicialmente por los demandantes. También han informado a los magistrados de la utilidad del Registro Civil Electrónico para cumplir con la medida cautelar.
Para finalizar, también cuestionan la actuación de los recurrentes, ya que ni VOX ni el partido extraparlamentario han recurrido en cuatro años la instrucción que ahora de facto ha suspendido el Tribunal Supremo.







