Adiós a la eterna duda sobre el riego de macetas en balcones: multas de hasta 3.000 euros
Es la policía local quien debe evaluar la gravedad del acto

Aquellas personas que viven en un piso y que tienen la posibilidad de tener un balcón, suelen decorarlo con elementos tales como sillas y mesas, luces de adorno, detalles ornamentales y plantas . Estas últimas, en caso de no ser artificiales, necesitan un cuidado especifico.
Evidentemente, l as plantas deben estar en un lugar del balcón en el que tengan la suficiente luz como para poder cumplir sus procesos de nutrición, por lo que, habitualmente, estas se encuentran cercanas al límite , suponiendo tanto una potencial incomodidad para los transeúntes por el goteo del agua sobrante en el momento de su regado como un potencial riesgo en los momentos de viento por su posible caída hacia la vía pública.
En cuanto al riego, lo que no mucha gente sabe es que el propietario de una vivienda puede ser multado en el caso de que el goteo del excedente del agua suponga un perjuicio para terceras personas , ya sean otros vecinos o transeúntes en la calle. De hecho, hay ciudades que regulan el momento del riego, siendo este entre las 23:00 y las 07:00 horas para que la potencial molestia influya mínimamente.
En este sentido, las multas pueden alcanzar los 3.000 euros según la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local que cada consistorio establezca, ya que no hay una ley estatal que sancione este tipo de situaciones.
El montante de la multa dependerá del perjuicio en terceros derivado de los actos y de una posible reiteración
Lo más habitual son las multas leves, que pueden sancionarse por valor de 750 euros por problemas momentáneos. Lo habitual es que la policía local del municipio, dependiendo de la regulación del mismo, ponga multas por valor de 30, 50 o 100 euros por un goteo eventual que suponga un perjuicio.
Todo cambia cuando el problema es reiterado y el infractor hace caso omiso del mismo. Entonces las multas se considerarían graves y con una sanción por valor de entre 750 y 1500 euros. Para ello, se debe incurrir en un riesgo evidente y grave para la población .
Por último, las multas muy graves se pueden sancionar con hasta 3000 euros al infractor y se reserva a algún caso excepcional como daños importantes en la vía pública o desobediencia reiterada a nte avisos previos.







