Ignacio de la Calzada, abogado laboralista: "Si la empresa se demora en el pago del salario, te deben abonar un 10% de interés anual"
Hay varias vías de actuación en caso de impagos por parte de la corporación

Son muchos los derechos de los trabajadores que no son del todo conocidos por la sociedad en general. Sobre todo, hay una serie de leyes que las empresas deben cumplir y que, en el caso de no hacerse, pueden tener penalizaciones. Este es el caso de aquellas que se salten los tiempos de pago estipulados previamente, lo cual puede desembocar en unos intereses que beneficien al trabajador al final del año.
Esto lo aclara en sus cuentas en redes sociales el abogado laboralista Ignacio de la Calzada: “Si tu empresa te debe la nómina, tiene que pagarte este interés. Como trabajador tienes derecho a cobrar puntualmente tu salario y esto no es del día 1 al 5 sino lo que se pacte en la empresa o la costumbre, es decir, tu empresa puede pagar el día 10 o el día 15, eso depende de cada lugar. Sin embargo, una vez establecida esta fecha, hay empresas que se retrasan en el pago”.
Seguidamente, el experto explica qué dice la ley ante este tipo de casos: “Si la empresa se demora en el pago del salario, te tiene que abonar un 10% de interés anual”. Esto no significa que vaya a ser un aumento inmediato, sino que lo sea al pasar un año: “No quiere decir que, si te deben 1.000 euros, al día siguiente te deben 1.100. El 10% de interés se genera si ha existido una demora de un año, con lo que tienes que hacer la parte proporcional. Pues si 100 euros son por 12 meses, tienes que hacer la parte proporcional en función del tiempo que hayan tardado de la mora”
Ignacio de la Calzada explica qué hacer si la demora en el pago han sido unos días
Seguidamente, el divulgador en materia de derechos de trabajadores ha matizado qué hacer en el caso de que la demora sea de unos días: “Pones una denuncia en inspección de trabajo, la inspección normalmente les pega un tirón de orejas y eso no vuelve a suceder”.
En el caso de que sean varias nóminas las que se deben “puedes iniciar un procedimiento de autodespido, reclamar al juez la improcedencia, irte con el paro y que además te paguen las nóminas que te deben”. El experto finaliza con un consejo: “No esperes a que pasen muchos meses que estás trabajando y encima sin cobrar”.






