Sebastián Ramírez, abogado, aclara la diferencia entre la incapacidad total y la absoluta: “Es no poder trabajar en ningún otro puesto”
El abogado explica cuándo puede tener sentido pedir la absoluta si con la total no puedes trabajar en nada

Tener reconocida una incapacidad permanente no significa lo mismo en todos los casos. El abogado Sebastián Ramírez lo explica en un vídeo dirigido a quienes cobran una pensión por incapacidad total, pero, en la práctica, no pueden trabajar en nada: “Puede que necesites la incapacidad permanente absoluta, que es no poder trabajar en ningún otro puesto de trabajo”.
Dos grados distintos, total y absoluta. Estas son sus principales diferencias
La Seguridad Social reconoce cuatro grados de incapacidad permanente : parcial, total, absoluta y gran invalidez. La diferencia entre la total y la absoluta es clave. Con la incapacidad total, el trabajador no puede seguir en su profesión habitual, pero sí dedicarse a otra. La absoluta, en cambio, impide realizar todas o la mayoría de las actividades laborales.
También cambia lo que se cobra . La pensión por incapacidad total equivale al 55% de la base reguladora, porcentaje que puede subir al 75% a partir de los 55 años si es difícil encontrar otro empleo. En la absoluta , la pensión alcanza el 100% de la base reguladora. Por ejemplo, con una base reguladora de 1.000 euros, la total supone 550 euros al mes, frente a los 1.000 de la absoluta. En la gran invalidez, la cuantía se calcula con el porcentaje de la total o la absoluta, más un complemento.
Según Ramírez, hay dolencias que, aunque te reconozcan una incapacidad, no te permiten trabajar “ni siquiera haciendo otras funciones”. Son casos en los que la persona apenas puede hacer más allá de pasear y unas pocas tareas en casa. “En esos casos afecta el grado de incapacidad, ya que si tienes total y no puedes hacer nada, igual necesitas absoluta”, señala.
Para ello, el grado tiene que revisars e, y eso no se consigue de un día para otro. “Evidentemente, para esto hace falta una serie de informes periciales, una serie de pasos detallados”, advierte el abogado.
Su consejo final apela sobre todo a la honestidad: “Si no puedes ir a trabajar, no vayas haciendo un esfuerzo que tu cuerpo no da para más”.







