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La Ley Orgánica del Régimen Electoral General lo confirma: así se forman las mesas electorales para las elecciones del 29N

Las mesas electorales constituyen la piedra angular de cualquier proceso democrático en España

Jorge Moragón452 palabras

Con la vista puesta en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre, el engranaje del sistema democrático español vuelve a ponerse en marcha. En el centro de esta maquinaria se encuentran las mesas electorales, una responsabilidad ciudadana tutelada por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) cuyo procedimiento ya tiene fechas fijadas en el calendario oficial.

Del sorteo a la notificación: un calendario ajustado

La LOREG fija con precisión milimétrica los plazos para la conformación de los colegios electorales. En aplicación de la norma, los ayuntamientos de todo el país celebrarán los sorteos públicos para elegir a los miembros de las mesas —bajo la supervisión de las Juntas Electorales de Zona— entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre . Durante esos cinco días, miles de ciudadanos serán designados de forma aleatoria para asumir los cargos de presidente, vocal o suplente. Una vez celebrado el sorteo, la notificación oficial debe entregarse en los domicilios de los agraciados en un plazo máximo de tres días .

El margen para las alegaciones: siete días decisivos

Recibir la notificación convierte la participación en la mesa en una obligación de carácter público. No obstante, la ley contempla excepciones tasadas. Quienes reciban la citación dispondrán de un plazo de siete días naturales desde la notificación para presentar sus alegaciones y justificantes ante la Junta Electoral de Zona correspondiente. Las causas reconocidas incluyen motivos de salud, responsabilidades familiares severas o la prestación de servicios esenciales. La Junta Electoral dispondrá a su vez de cinco días para resolver cada expediente y notificar la decisión final.

El despliegue del 29 de noviembre: cita a las 8:00 de la mañana o delito electoral

El domingo 29N, la actividad en los locales electorales comenzará mucho antes de la apertura de puertas a los votantes. A las 8:00 horas, los titulares y los dos suplentes designados para cada puesto (presidente y vocales) deberán estar presentes en sus respectivos colegios. El objetivo es asegurar que la mesa quede plenamente constituida y con el acta firmada a las 8:30 horas. Si alguno de los titulares no acude o sus alegaciones han sido aceptadas previamente, el puesto será asumido de inmediato por su suplente. A las 9:00 horas, los colegios abrirán formalmente para recibir las primeras papeletas. ​ ​La normativa electoral es estricta respecto al cumplimiento de esta función. La LOREG tipifica el abandono o la inasistencia injustificada a la mesa electoral el 29N como un delito electoral , el cual puede acarrear penas de prisión de tres meses a un año o sanciones económicas de cuantía relevante . Un recordatorio de que la transparencia del proceso del 29 de noviembre descansa, en última instancia, en el compromiso directo de la ciudadanía.

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