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Miguel Benito Barrionuevo, abogado laboralista, sobre la gestión de las herencias sin tramitar: "Hacienda te puede sancionar"

Los riesgos fiscales de retrasar la adjudicación de bienes tras el fallecimiento de un familiar y cómo evitar multas

Neus Pachon322 palabras

El fallecimiento de un familiar conlleva momentos complicados y, en muchas ocasiones, la gestión de los bienes heredados queda relegada a un segundo plano. Sin embargo, ignorar o posponer los trámites legales de una masa hereditaria puede derivar en graves consecuencias económicas ante la Administración Tributaria.

El abogado laboralista Miguel Benito Barrionuevo alerta sobre la confusión habitual entre no realizar ningún trámite y la renuncia formal: " No hacer nada de una herencia no es lo mismo que renunciar a ella ; renunciar hay que hacerlo expresamente". El experto explica que la inactividad no exime de las responsabilidades fiscales fijadas por la ley.

Plazos clave y consecuencias fiscales

El plazo reglamentario para liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es de seis meses desde la fecha de defunción. Pasar este límite sin haber actuado desencadena la intervención de la Agencia Tributaria: "Si eres beneficiario de una herencia y en los seis primeros meses no haces nada con ella, Hacienda te puede sancionar o aplicar un recargo ".

Para evitar estas penalizaciones existen dos vías legales en función del tiempo transcurrido: Por un lado, se podría solicitar una prórroga antes de los 5 meses. Durante los primeros cinco meses posteriores al fallecimiento, el heredero puede solicitar una prórroga para extender el plazo de presentación hasta un año. Aunque esto evita sanciones, implica el pago de intereses de demora.

Por otro, estaría la presentación voluntaria extemporánea. Es decir, si ya han transcurrido los seis meses, lo recomendable es regularizar la situación de manera voluntaria antes de recibir un requerimiento. En este escenario se abonará un recargo, pero se evitará una multa de mayor cuantía.

Por el contrario, si es la propia Administración la que detecta el incumplimiento e inicia el requerimiento, la situación se complica. "Es mucho peor si Hacienda es la que toma la iniciativa y te pide que lo presentes, porque en este caso ya estamos hablando de sanciones", concluye el especialista.

El abogado laboralista Miguel Benito Barrionuevo alerta sobre la confusión habitual a la hora de pagar el impuesto de sucesiones
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